El H. Ayuntamiento Constitucional de Poza Rica de Hidalgo, Ver., con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2, 4 y 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; 1, 2 y 23 de la Ley para el Desarrollo Cultural del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, 40 y 46 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, artículos, 1, 6, 7, 11 y 15 del Reglamento Interno del Consejo Municipal para el Desarrollo Cultural de Poza Rica y 8 del Reglamento de Cultura para el Municipio de Poa Rica, a través de la Dirección de Cultura y Turismo, se emite la siguiente convocatoria dirigida a la sociedad civil.
CONSIDERANDO:
I.- Que el Ayuntamiento tiene la atribución de distribuir los recursos que le asigne el Congreso del Estado considerando de manera prioritaria a las comunidades indígenas, con un sentido de equidad, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y a las necesidades de dichas comunidades, incorporando representantes de éstas a los órganos de planeación y participación ciudadana, en los términos que señalen la Constitución del Estado y la Ley Orgánica del Municipio Libre;
II.- Que el Ayuntamiento es responsable de promover la participación de los ciudadanos para el desarrollo comunitario en el Municipio;
III.- Que la normatividad municipal considera que el Consejo Municipal para el Desarrollo Cultural de Poza Rica es un órgano de participación ciudadana y consulta, auxiliar del Ayuntamiento de Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, enfocado en el desarrollo cultural, artístico y de patrimonio local, sin realizar funciones ejecutivas u operativas directas. Este órgano colabora en la planeación y promoción de actividades artísticas y de cultura, organizaciones sociales y los sectores público y privado del Municipio, designados por el Cabildo, encabezados por la Presidencia Municipal;
IV.- Que la presente convocatoria tiene el objetivo de seleccionar a las y los ciudadanos titulares y suplentes, que representen al Municipio en el Consejo Municipal para el Desarrollo Cultural de Poza Rica.
CONVOCA:
A integrantes de organizaciones sociales y de los sectores público y privado del territorio municipal, así como a la población en general, a postular ciudadanas y ciudadanos para formar parte del Consejo Municipal para el Desarrollo Cultural de Poza Rica, sujetándose a las siguientes:
BASES:
PRIMERA. Las y los aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser habitante del municipio de Poza Rica de Hidalgo y acreditar una residencia no menor a un año.
- Tener un modo honesto de vivir.
- Ser mayor de edad.
- No desempeñar empleo, cago o misión remunerada en la Administración Pública Municipal.
- El cargo del Consejo Municipal para el Desarrollo Cultural de Poza Rica es honorífico (art. 15, párrafo 6o.). Los ciudadanos seleccionados recibirán un nombramiento oficial que avala su participación en la vida pública del municipio.
- Cumplir con un perfil:
- Sector Diversidad: población LGBTTTI.
- Sector Pueblos Originarios: hablantes de lenguas originarias.
- Sector Afrodescendiente.
- Sector Artístico y Académico.
- Manifestar expresamente que se aceptan todos los términos de la presente convocatoria.
SEGUNDA. La Dirección de Cultura y Turismo, recibirá las postulaciones de las interesadas e interesados, las cuales deberán estar acompañadas de los siguientes documentos:
- Currícula que contenga nombre, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, teléfonos, correo electrónico, estado civil, formación académica y perfil profesional, utilizando hojas de papel bond blancas.
- Copia simple de la credencial de elector o CURP en caso de ser menor de edad acompañado de autorización expresa del padre o tutor con identificación oficial.
- Copia simple del comprobante de domicilio (recibo telefónico, energía eléctrica, predial, etc.).
- Descripción de la experiencia referente a actividades relacionadas con la materia de cultura (máximo una cuartilla en papel bond blanco).
- Exposición de motivos donde señale las razones de su postulación para ser integrante de este órgano de participación ciudadana, indicando el área donde pueda contribuir al desarrollo del municipio (máximo una cuartilla de papel bond blanco).
- Todos los documentos elaborados por la o el aspirante, deberán presentar en letra Arial 12, con interlineado de 1 punto; márgenes de 2.5 cm superior e inferior, y 3 cm izquierdo y derecho.
TERCERA. De conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 97 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, los documentos e información personal serán tratados con el carácter de confidenciales, el resto de la información tendrán el carácter público.
CUARTA. Para efecto de dar cumplimiento a lo establecido en la Base Segunda de esta convocatoria, las ciudadanas y ciudadanos aspirantes a formar parte del Consejo Municipal para el Desarrollo Cultural de Poza Rica, podrán entregar sus documentos a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y hasta el 06 de febrero de 2026 en las oficinas de la Dirección de Cultura y Turismo del Ayuntamiento, ubicadas en calle Josefa Ortiz de Domínguez, sin número, colonia Obras Sociales, teléfono (782) 82 634 00, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
Los documentos deberán entregarse personalmente en forma física o en su caso, versión electrónica al correo electrónico institucional de la dirección: dir.turismoycultura@poza-rica.gob.mx.
QUINTA. Concluido el periodo de recepción de documentos, la Dirección de Cultura y Turismo del Ayuntamiento integrará expedientes individuales de cada aspirante a formar parte del Consejo Municipal para el Desarrollo Cultura de Poza Rica. La falta de alguno de los documentos, requisitos requeridos o su exhibición fuera del tiempo y forma establecida, será motivo para tener como NO presentada la postulación.
La Comisión responsable de la selección de aspirantes a formar parte del Consejo Municipal para el Desarrollo Cultural de Poza Rica será formada por la Dirección de Cultura y Turismo.
En cualquier momento, la Comisión de Selección se reserva el derecho de solicitar documentos adicionales para comprobar los datos.
SEXTA. Etapas de selección y designación de integrantes.
Primera etapa: Consiste en la evaluación documental y curricular por parte de la Comisión de Selección, que permita determinar el cumplimiento de los requisitos solicitados en la convocatoria e identificar a los mejores perfiles para integrarse a este Consejo.
Esta etapa comprenderá un periodo del (09 al 10 de febrero) de 2026.
Segunda etapa: Consiste en la deliberación que llevará a cabo la Comisión de Selección, responsables de elegir a los ciudadanos integrantes con sus respectivos suplentes, respetando la equidad de género y acciones afirmativas contenidas en la presente convocatoria.
Tercera etapa: Consiste en la publicación a través de los medios con los que cuente el Ayuntamiento, de los nombres de las personas seleccionadas y las fechas de entrevistas individuales con las y los aspirantes.
Estas últimas dos etapas comprenderán el periodo los días 11 y 13 de febrero de 2026.
El resultado y determinación de la Comisión de Selección del Consejo Municipal para el Desarrollo Cultural de Poza Rica, se comunicará vía redes sociales y a los ciudadanos seleccionados.
SÉPTIMA. Resolución de dudas.
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas, que las o los aspirantes formulen con relación a esta convocatoria, se ha implementado el número telefónico (782) 82 634 00 en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.
OCTAVA. Todos los supuestos no previstos en la presente convocatoria serán resueltos por la Comisión de Selección del Consejo Municipal para el Desarrollo Cultural de Poza Rica, o en su defecto por el Ayuntamiento.
NOVENA. Publíquese la siguiente convocatoria en los medios de comunicación oficiales del Honorable Ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz y Diarios locales de mayor circulación.
Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, a 29 de enero de 2026.
