1.

Convocatoria para la Selección de Ciudadanos que Formarán parte del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN) de Poza Rica de Hidalgo, Ver.

El H. Ayuntamiento Constitucional de Poza Rica de Hidalgo, Ver., con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, 34, 35, 40 fracción VIII, 52 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, así como los artículos 3 fracción V; 10 Fracción IV y 17 de la Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; artículos 11, 15, 17 y 18 de la Ley Estatal de Participación Ciudadana y Gobierno Abierto, y

CONSIDERANDO:

I.- Que el Ayuntamiento tiene la atribución de distribuir los recursos que le asigne el Congreso del Estado considerando de manera prioritaria a las comunidades indígenas, con un sentido de equidad, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y a las necesidades de dichas comunidades, incorporando representantes de éstas a los órganos de planeación y participación ciudadana, en los términos que señalen la Constitución del Estado y la Ley Orgánica del Municipio Libre; 

II.- Que el Ayuntamiento es responsable de promover la participación de los ciudadanos para el desarrollo comunitario en el Municipio; 

III.- Que el COPLADEMUN es un órgano de participación ciudadana y consulta, auxiliar del Ayuntamiento en las funciones relativas a la planeación; y 

IV.- Que la Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave considera al COPLADEMUN como un órgano integrante de la estructura del Sistema Estatal de Planeación Democrática.

El H. Ayuntamiento de Poza Rica, Ver.

CONVOCA:

A integrantes de organizaciones sociales y de los sectores público y privado del territorio municipal, así como a la población en general, a postular ciudadanos y ciudadanas para formar parte del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal de Poza Rica de Hidalgo, Ver., sujetándose a las siguientes:

B A S E S

PRIMERA. Los y las aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: 

1. Ser vecina(o) o tener su domicilio dentro de los límites territoriales del Municipio. 

2. Comprobar residencia efectiva en el territorio municipal. 

3. Ser mayor de edad, al día de presentar su documentación. 

4. Preferentemente ser profesionista o tener conocimientos y experiencia comprobable sobre temas relacionados con la planeación y/o el desarrollo municipal.

SEGUNDA. La Dirección de Desarrollo Metropolitano y Ordenamiento Territorial, a cargo de Salvador Reséndiz Ruiz  recibirá las postulaciones de los interesados e interesadas, las cuales deberán estar acompañadas de los siguientes documentos: 

a) Currícula que contenga nombre, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, teléfonos, correo electrónico, preferentemente formación académica, utilizando hojas de papel bond blancas.

b) Copia simple del comprobante domiciliario (recibo telefónico, energía eléctrica, etc.). 

c) Descripción de la experiencia referente a actividades relacionadas con la materia de desarrollo municipal (máximo una cuartilla en papel bond blanco). 

d) Exposición de motivos donde señale las razones de su postulación para ser integrante de este órgano de participación ciudadana, indicando el área donde pueda contribuir al desarrollo del Municipio (máximo una cuartilla en papel bond blanco).

TERCERA. De conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 72 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio del Llave, los documentos e información personal serán tratados con el carácter de confidenciales, el resto de la información tendrán el carácter público.

CUARTA. Para efecto de dar cumplimiento a lo establecido en la Base Segunda de esta convocatoria, los ciudadanos y ciudadanas aspirantes a formar parte del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal, podrán entregar sus documentos a partir del 24 al 28 de enero del presente año en las oficinas de la Dirección de Desarrollo Metropolitano y Ordenamiento Territorial ubicadas en la calle Josefa Ortiz de Domínguez, S/N Col. Obras Sociales, teléfonos 82 634 00, correo electrónico salvador.resendiz@gobiernodepozarica.gob.mx , en horario de 9:00  horas a 13:00 horas de Lunes a Viernes, con el  C. Salvador Reséndiz Ruiz.

Los documentos deberán entregarse personalmente o a través de mensajería, en forma escrita, o en su caso, versión electrónica (CD o USB en sobre cerrado), rotulado con el nombre completo del o la aspirante. 

QUINTA. Concluido el periodo de recepción de documentos, la comisión responsable de la selección los integrará en expedientes individuales. La falta de alguno de los requeridos se dictaminará por el Cabildo. En cualquier momento, la Dirección de Desarrollo Metropolitano y Ordenamiento Territorial, el responsable de la selección de aspirantes a formar parte del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal, se reserva el derecho de solicitar documentos adicionales para comprobar los datos.

SEXTA. Etapas de selección y designación de integrantes.

Primera etapa: Consiste en la evaluación documental y curricular por parte de la Dirección de Desarrollo Metropolitano y Ordenamiento Territorial, que permita determinar el cumplimiento de los requisitos solicitados en la convocatoria e identificar a los mejores perfiles para integrarse a este Consejo.

Esta etapa comprenderá un periodo del 31 de enero al 04 de febrero de 2022.

Segunda etapa: Consiste en la publicación a través de los medios con los que cuente el Ayuntamiento, de los nombres de las personas seleccionadas y las fechas de entrevistas individuales con los y las aspirantes.

Tercera etapa: Consiste en la deliberación que llevará a cabo la Dirección de Desarrollo Metropolitano y Ordenamiento Territorial, responsable de seleccionar a los cuatro ciudadanos integrantes con sus respectivos suplentes, procurando la equidad de género. Estas últimas dos etapas comprenderán el periodo del 07 al 11 de febrero de 2022.

El resultado y determinación de la comisión responsable de llevar a cabo la selección de los integrantes, se comunicará de manera inmediata al Cabildo para su conocimiento y en su caso, la aprobación correspondiente, para que posteriormente se notifique a aquellos ciudadanos y ciudadanas que resultaran seleccionados como integrantes del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal.

SEPTIMA. Resolución de dudas.- A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las o los aspirantes formulen con relación a esta convocatoria, se ha implementado el correo electrónico: salvador.resendiz@gobiernodepozarica.gob.mx , teléfonos 82 634 00 en horario de 9:00  horas a 13:00 horas de Lunes a Viernes, con el  C. Salvador Reséndiz Ruiz.

OCTAVA.- Todos los supuestos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por la Dirección de Desarrollo Metropolitano y Ordenamiento Territorial, responsable del proceso de selección de los integrantes del COPLADEMUN o en su defecto, por el Cabildo de este H. Ayuntamiento.

 Poza Rica de Hidalgo, Ver., a 21 de enero de 2022.

C. FERNANDO LUIS REMES GARZA
Presidente Municipal Constitucional de Poza Rica de Hidalgo, Ver.


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