El H. Ayuntamiento Constitucional de Poza Rica de Hidalgo, Ver., con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16, 34, 35, 40 fracción VIII, 60 Quindecies; 191 y 192 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, así como los artículos 3 fracción V; 10 Fracción IV y 17 de la Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave: 3, 4, 5, 7 y 8, del Reglamento para la Integración, Organización y Funcionamiento del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN) de Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, 25 del Reglamento de Planeación del Desarrollo Municipal de Poza Rica de Hidalgo,  Veracruz de Ignacio de la Llave; y

Considerando:

  1. Que el Ayuntamiento tiene la atribución de distribuir los recursos que le asigne el Congreso del Estado considerando de manera prioritaria a las comunidades indígenas, con un sentido de equidad, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal y a las necesidades de dichas comunidades, incorporando representantes de éstas a los órganos de planeación y participación ciudadana, en los términos que señalen la Constitución del Estado y la Ley Orgánica del Municipio Libre;
  2. Que el Ayuntamiento es responsable de promover la participación de los ciudadanos para el desarrollo comunitario en el Municipio;
  3. Que la normativa municipal considera que el Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal (COPLADEMUN) es un órgano de participación ciudadana y consulta, auxiliar del Ayuntamiento de Poza Rica de Hidalgo en las funciones relativas a la planeación, conformado por ciudadanía, organizaciones sociales y los sectores público y privado del Municipio, designados por el Cabildo, encabezados por La Presidenta Municipal;
  4. Que la Ley de Planeación del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave considera al COPLADEMUN como un órgano de participación ciudadana y consulta, auxiliar del Ayuntamiento de Poza Rica de Hidalgo en las funciones relativas a la planeación, conformado por ciudadanía, organizaciones sociales y los sectores público y privado del Municipio, designados por el Cabildo, encabezados por la Presidenta Municipal; y
  5. Que la presente convocatoria tiene el objetivo de seleccionar a 4 ciudadanas y ciudadanos, y sus suplentes, que representen al Municipio en el COPLADEMUN.

Convoca:

A integrantes de organizaciones sociales y de los sectores público y privado del territorio municipal, así como a la población en general, a postular ciudadanas y ciudadanos para formar parte del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal de Poza Rica de Hidalgo, Ver., sujetándose a las siguientes:

Bases:

PRIMERA. Las y los aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Ser habitante del Municipio de Poza Rica de Hidalgo y acreditar una residencia no menor a un año.
  2. Tener un modo honesto de vivir.
  3. Ser mayor de edad.
  4. No desempeñar empleo, cargo o comisión remunerada en la Administración Pública Municipal.
  5. No tener lazo de parentesco consanguíneo, afinidad o civil con algún edil o servidor público municipal.
  6. No ser ministro de algún culto religioso.
  7. No ser dirigente de algún Partido u organización política.

SEGUNDA. La Secretaría del Ayuntamiento, recibirá las postulaciones de las interesadas e interesados, las cuales deberán estar acompañadas de los siguientes documentos:

  1. Currícula que contenga nombre, fecha y lugar de nacimiento, domicilio, teléfonos, correo electrónico, estado civil, formación académica y perfil profesional, utilizando hojas de papel bond blancas.
  2. Copia simple de la credencial de elector.
  3. Copia simple del comprobante domiciliario (recibo telefónico, energía eléctrica, predial, etc.).
  4. Descripción de la experiencia referente a actividades relacionadas con la materia de desarrollo municipal (máximo una cuartilla en papel bond blanco).
  5. Exposición de motivos donde señale las razones de su postulación para ser integrante de este órgano de participación ciudadana, indicando el área donde pueda contribuir al desarrollo del Municipio (máximo una cuartilla en papel bond blanco).
  6. Constancia de residencia, expedida por la Secretaría del Ayuntamiento de Poza Rica.
  7. Carta bajo protesta de decir verdad en papel bond blanco, en la que se manifieste lo siguiente:
    • No haber sido condenada(o) por delito alguno.
    • Tener probada solvencia moral y reconocimiento entre la población del Municipio.
    • No ser al momento de la postulación dirigente de algún partido político o líder sindical con comisiones dentro de la estructura formal del Ayuntamiento.
    • No tener parentesco alguno por consanguineidad o afinidad hasta el cuarto grado con cualquier edil.
    • No haber sido empleada(o) del Ayuntamiento en el último año.
    • No haber sido candidata(o) a cargo alguno de elección popular en los dos años previos.
    • No ser, o haber sido ministro de algún culto religioso.
    • Manifestar expresamente que se aceptan todos los términos de la presente convocatoria.
    • En el caso de Colegios, Barras, Asociaciones, Instituciones Académicas u otras entidades conformadas sin fines de lucro, podrán hacer postulaciones cumpliendo con los mismos requisitos.
    • Todos los documentos elaborados por la o el aspirante, deberán presentarse en letra Arial 12, con interlineado de 1 punto; márgenes de 2.5 cm superior e inferior, y 3 cm izquierdo y derecho.

TERCERA. De conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 97 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, los documentos e información personal serán tratados con el carácter de confidenciales, el resto de la información tendrán el carácter público.

CUARTA. Para efecto de dar cumplimiento a lo establecido en la Base Segunda de esta convocatoria, las ciudadanas y ciudadanos aspirantes a formar parte del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal, podrán entregar sus documentos a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria y hasta el 30 de enero de 2026 en las oficinas de la Secretaría del Ayuntamiento, ubicadas en calle Josefa Ortiz de Domínguez, sin número, colonia Obras Sociales, teléfono (782) 82 634 00, en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.

Los documentos deberán entregarse personalmente en forma física o en su caso, versión electrónica (USB o CD en sobre cerrado), rotulado con el nombre completo de la o el aspirante.

QUINTA. Concluido el periodo de recepción de documentos, la Secretaría del Ayuntamiento integrará expedientes individuales de cada aspirante a formar parte del COPLADEMUN. La falta de alguno de los documentos, requisitos requeridos o su exhibición fuera del tiempo y forma establecida, será motivo para tener como NO presentada la postulación.

La Comisión responsable de la selección de aspirantes a formar parte del Consejo de Planeación para el Desarrollo Municipal será formada por el Secretario del Ayuntamiento, la Regidora Comisionada en Planeación y Desarrollo Municipal, y el Área de Planeación (Comisión de Selección).

En cualquier momento, la Comisión de Selección se reserva el derecho de solicitar documentos adicionales para comprobar los datos.

SEXTA. Etapas de selección y designación de integrantes.

Primera etapa: Consiste en la evaluación documental y curricular por parte de la Comisión de Selección, que permita determinar el cumplimiento de los requisitos solicitados en la convocatoria e identificar a los mejores perfiles para integrarse a este Consejo.

Esta etapa comprenderá un periodo del (03 al 10 de febrero) de 2026.

Segunda etapa: Consiste en la deliberación que llevará a cabo la Comisión de Selección, responsables de elegir a los ciudadanos integrantes con sus respectivos suplentes, respetando la equidad de género.

Tercera etapa:  Consiste en la publicación a través de los medios con los que cuente el Ayuntamiento, de los nombres de las personas seleccionadas y las fechas de entrevistas individuales con las y los aspirantes.

Estas últimas dos etapas comprenderán el periodo los días 11 y 12 de febrero de 2026.

El resultado y determinación de la Comisión de Selección del COPLADEMUN, se comunicará de manera inmediata con los integrantes del Ayuntamiento a fin de dar a conocer los resultados, para que posteriormente se notifique a aquellas ciudadanas y ciudadanos que resulten seleccionados como integrantes del Consejo.

SÉPTIMA. Resolución de dudas.

A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas, que las o los aspirantes formulen con relación a esta convocatoria, se ha implementado el número telefónico (782) 82 634 00 ext. 153 en horario de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes.

OCTAVA. Todos los supuestos no previstos en la presente convocatoria, serán resueltos por la Comisión de Selección del COPLADEMUN, o en su defecto por el Ayuntamiento.

NOVENA. Publíquese la siguiente convocatoria en los medio de comunicación oficiales del Honorable Ayuntamiento de Poza Rica, Veracruz y Diarios locales de mayor circulación.


Descargar documento completo de la convocatoria.